Tasas por reformas en Zaragoza?

Tasas por obra mayor o menor

Cuando gestionamos en Nazar estudio una licencia de obra mayor en el municipio de Zaragoza de una reforma parcial nos encontramos con la situación de que tenemos que pagar tasas por toda la superficie del inmueble, disparándose los costes de estas.

Hay que tener en cuenta que para tratar una reforma integral, en caso de cambiar huecos de fachada o cambiar la distribución interior del espacio tendremos que tratarla como una obra mayor, lo que supone un trámite más largo y costoso. Si por el contrario la reforma integral se desarrolla sin cambiar huecos de fachada, distribución interior, sin afectar a estructura u otros factores, para la reforma integral se podrá tramitar la licencia de obra menor, ahorrando tanto en plazos como en costes.

A continuación explicamos los impuestos que tendremos que afrontar en la gestión de la licencia de una reforma, tanto hablemos de obra menor como de obra mayor.

OBRA MENOR

Tasa por servicios urbanísticos. 1% sobre PEM.

Esta tasa se aplica sobre el presupuesto de ejecución material, esto es, lo que te va a cobrar la contrata por la reforma u obra en cuanto a materiales y mano de obra. Lo que es más, en este PEM no deberían incluirse los Gastos generales ni el Beneficio Industrial de la empresa constructora, que antiguamente suponían un 13 y un 6 % respectivamente respecto del presupuesto de ejecución material de la reforma.

Ojo, en Nazar estudio realizamos la gestión de la licencia de obra menor de las reformas vía telemática, lo que supone el ahorro automático de esta tasa, siempre que el sistema informático del ayuntamiento de Zaragoza funcione correctamente.

ICIO.

O lo que es lo mismo, Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Un 4% sobre el Presupuesto de Ejecución Material. Igualmente se aplica sobre lo que va a costar la obra en materiales y mano de obra, esto es , la misma base que la tasa de servicios urbanísticos.

Más información aquí.

OBRA MAYOR

Tasa por servicios urbanísticos.

 1% sobre el Presupuesto de Ejecución Material real o sobre el Presupuesto de Ejecución Material de los Costes de referencia establecidos del Ayuntamiento de Zaragoza. La elección no es voluntaria, simplemente se tendrán en cuenta los costes de referencia que proporciona la página del Ayuntamiento de Zaragoza para, sobre los metros cuadrados del la reforma, aplicar un módulo de coste de ejecución, el cual está actualmente en los 478,45 . €/M2. Más info aquí.

Aquí tendremos en cuenta que si la reforma es parcial, cabe la posibilidad de argumentar en el recuadro de “observaciones” que la reforma no afecta a toda la superficie del local, lo que supondría una reducción del Presupuesto de Ejecución Material de la reforma y por tanto del impuesto. Esta opción conllevará la revisión del presupuesto por parte de la administración del Ayuntamiento de Zaragoza, lo que puede derivar en retrasos en la concesión de la licencia.

Al fin y al cabo, este impuesto se aplica sobre una obra que aún desconoce el presupuesto real y definitivo.

ICIO.

Al igual que en la licencia de obra menor, si la reforma acometida en Zaragoza se tramita como obra mayor, se deberá aplicar un 4% de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras sobre el mayor de los presupuestos entre el Presupuesto de Ejecución Material real o sobre el calculado con los costes de referencia de la página web del Ayuntamiento de Zaragoza.

La experiencia nos dice que los costes de referencia de ejecución de obras del Ayuntamiento de Zaragoza no están ni mucho menos actualizados a la situación actual, lo que supone en muchos casos un desfase considerable con el presupuesto real, por lo que aconsejamos, siempre que se pueda justificar con facturas, regularizar al final de la obra el impuesto pagado.

Más información aquí.

Por ejemplo, para una reforma que suponga obra mayor de un local de 250 metros cuadrados, el coste de referencia establecido por el Ayuntamiento de Zaragoza quedaría fijado de la siguiente manera. 250 m2 x 478,45= 119.612,5€, sobre lo que aplicaríamos los consiguientes impuestos:

Tasas por servicios urbanísticos(1%)= 1.196,12 €

ICIO (4%)= 4.784,5 €

Si la obra no afecta a todo el local, o el coste real de ejecución de la reforma es menor, habrá que justificar el gasto con facturas para reajustar el pago del ICIO.

Esperamos os haya quedado algo más claro y no dudéis en consultarnos!