Se abre nueva convocatoria de ayudas a la implantación del Informe de Evaluación de los Edificios correspondientes al Plan Aragonés de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2014-2016.

Como ya pasó en Febrero de este mismo año, se convocan con un periodo de solicitud mas que apretado, por lo que las comunidades deberán tener preparada la documentación si no quieren quedarse sin estas ayudas a la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios.

Qué se subvenciona? 

  • El coste en concepto de honorarios profesionales por la redacción los Informes de Evaluación de los Edificios suscritos a partir de la entrada en vigor de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, suscritos por técnico competente y visados por su correspondiente colegio profesional, excluidos impuestos, tasas y tributos.

Quien puede pedir la subvención?

  • Comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.

Se considerará que un edificio tiene carácter predominantemente residencial cuando al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda. Se excluirán del cómputo anterior las plantas bajas de los edificios.

Que edificios pueden acogerse a la subvención?

Edificios dentro del ámbito territorial aragonés, que cumplan las siguientes condiciones:

  • Tipología residencial de vivienda colectiva, construidos antes de 1981
  • Edificios que, sin cumplir la condición anterior, sus titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, y deban suscribir el informe.
  • Quedan excluidos los edificios de tipología residencial unifamiliar.

Cual es el plazo de admisión de solicitudes?

  • El plazo finaliza el día 1 de Octubre de 2015

Que documentación es necesaria?

  • Se deberá presentar el informe de evaluación del edificio.
  • Se presentará, asimismo, la factura o facturas de los honorarios profesionales.
  • Deberá presentarse igualmente el modelo de solicitud

 

Hay que comentar que el plazo de resolución de la subvención es de tres meses, y que en caso de no poder acceder a ella por falta de presupuesto se realizará una lista de reserva para futuras convocatorias.

La distribución del crédito se realizará del siguiente modo según provincias y en base al número de edificios de tipo residencial anteriores a 1981:

EDIFICIOS DE TIPO RESIDENCIAL COLECTIVO ANTERIORES A 1981 Nº EDIFICIOS % IMPORTE €
TOTAL ARAGON 39.748,71 100 151136
 Huesca 8.920,04 22% 33250
Teruel 6.776,46 17% 25693
Zaragoza 24.052,22 61% 92193

Debemos recordar que el Informe de Evaluación del Edificio supone un documento que incluye el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos. Este informe puede partir de un Informe de Inspección Técnica del Edificio, completando en su caso la documentación relativa a la accesibilidad y a la eficiencia energética.

Más información en este enlace del BOA Aragón.