Informes y licencias
Es momento de emprender y eso es lo que están haciendo muchos jóvenes como alternativa a la búsqueda de trabajo.
En Zaragoza nos encontramos bastantes casos en los que un antiguo local es el lugar elegido para establecer el negocio. Te explicamos cuatro pasos que puedes hacer tu mismo con tiempo y ganas de cara a la licencia y reforma de tu local.
1.El uso
Comprueba que el uso que quieres implantar es compatible con el local, que su uso está permitido según el Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza. Para ello utilizaremos el visor urbanístico que facilita el Ayuntamiento de Zaragoza, en el que podremos encontrar información referida a datos cartográficos, catalogación y otros muchos. Obtendremos un documentos con este aspecto:

Ficha de información urbanística Ayto. de Zaragoza
El que nos interesa será el tipo de suelo, definido en una zona y un grado. Con este dato, y consultándolo en el mismo Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza en el “Título Cuarto. Régimen específico de las zonas del suelo urbano consolidado” sabremos si este uso está permitido o no. Nos encontraremos algo así:

Plan General Urbano de Zaragoza
2. Antecedentes
Comprueba si los antecedentes que se encuentran en el archivo central del Ayuntamiento de Zaragoza coinciden con la morfología actual del local. Paso fundamental, ya que en caso de que se hayan realizado obras que no consten en éste o que simplemente no haya antecedentes de tu local, nos veremos en la obligación de legalizar las obras realizadas o la legalización de todo el local. Esto supone una Licencia Urbanística y de Apertura como mínimo, lo que prolonga el proceso y lo encarece.
Aconsejamos pedir cita previa en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza con más de una semana de antelación si no queremos encontrarnos con esto:

Saturación en el Ayuntamiento de Zaragoza
3. Actividad clasificada vs. actividad inocua
Comprueba que tu actividad es inocua, esto es, no está catalogada como Actividad Clasificada. Que como se hace eso? Muy simple, solo tienes que consultarlo en el Anexo V de la recientemente actualizada LEY 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Este anexo recoge someramente las actividades excluídas de licencia ambiental. Como supondrás esto supone una gran diferencia en plazos y en costes, ya que la justificación de una actividad NO CLASIFICADA es un trámite mucho más liviano.

Anexo Y. Ley de protección Ambienta de Aragón
4. Protección del local
Comprueba si tu local está ubicado en un edificio “catalogado“. En ésta página podrás conocer los edificios y locales que están catalogados y por tanto disfrutan de una protección “especial”, que tendrás que tener en cuenta a la hora de pensar en el escaparate, decoración interior, cambios de distribución, etc… este paso te puede ahorrar más de un susto. La página está organizada para que mediante filtros de categoría, barrios de Zaragoza o grado de protección puedas encontrar los edificios o locales que te interesan.

Ficha de Edificio Catalogado de Ayuntamiento de Zaragoza
A pesar de que estos cuatro pasos pueden hacerte ahorrar tiempo y dinero, es aconsejable que contactes con un técnico para que te oriente sobre lo que es más conveniente en cada caso. En muchas ocasiones merece la pena invertir en la opinión y el trabajo que realiza un profesional antes de enfrentarse a la administración.
Solo queda desearte suerte en tu nueva aventura!
Puedes leer un poco más sobre licencias en nuestra entrada anterior:
Accesibilidad
Algo se está moviendo en el sector de la rehabilitación y últimamente no paran de preguntarnos:
Es necesario remarcarlo porque en España y en una gran cantidad de edificios de Zaragoza sufrimos graves problemas de accesibilidad. En ocasiones estos problemas tienen fácil solución y pasan por una pequeña rehabilitación del portal del edificio eliminando una serie de escalones para colocar una rampa con la pendiente correcta (y no las barbaridades que se hicieron años atrás).
Vamos a analizar el marco normativo para que no quede duda al respecto.
Marco normativo internacional
El 13 de diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por parte de los estados miembros de la ONU.
Esta aprobación supone granes avance para personas con discapacidad, integrando el factor de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos. Este instrumento se convierte en una herramienta jurídica vinculante a la hora de defender los derechos de estas personas.
Artículo 3. Principios Generales
Los principios de la presente Convención serán:
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de
tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.
b) La no discriminación;
c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como
parte de la diversidad y la condición humanas;
e) La igualdad de oportunidades;
f) La accesibilidad;
g) La igualdad entre el hombre y la mujer;
h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y
de su derecho a preservar su identidad.

En esta convención queda definido el concepto de ajustes razonables:
Artículo 2. Definiciones
Ajustes Razonables
Por «ajustes razonables» se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y
adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se
requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce
o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales.

Marco normativo nacional
Por otro lado, en España el 29 de Noviembre de 2013 se aprueba el R.D Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En Este R.D. tiene por objeto garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, entre otros.
Entre otros puntos, este R.D. recoge:
- Un régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Ámbito de aplicación. Personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, y más concretamente con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Una serie de normas técnicas sobre edificación con previsiones relativas a las condiciones mínimas que deberán reunior los edificios de c
ualquier tipo para permitir la accesibilidad de las personas con discapacidad.
- Concepto de rehabilitación de vivienda a efecto de la obtención de subvenciones.
Como final, el 26 de junio de 2013 se emite la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, más reciente y conocida por todos.
Esta ley supone una modificación de varias normativas, entre las que están la ley del suelo, donde modifica el Artículo 10 del siguiente modo.
Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Artículo 10
1.1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, ……, las siguientes actuaciones:
b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez
descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce ensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

No puedo acceder a mi vivienda porque mi portal tiene escalones…
No se trata de una persona mayor de 70 años, ni de una persona con nivel de discapacidad del 33%, se trata de mi mismo cuando jugando al rugby me fracturé tibia y peroné y tuve que permanecer varias semanas con la pierna escayolada.
Los problemas de accesibilidad nos afectan a todos.
Noticias

Patio Interior del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón. Imagen de la página oficial de COAA
Tras la toma de posesión de la nueva Junta de gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, con sede en Zaragoza, esta establece unas pautas de actuación y programa de medidas en base a:
-Acometer aspectos profesionales que cercenan y merman la capacidad profesional de los arquitectos.
-La revisión de los estatutos y actualización de los sistemas informáticos que prestan servicio especial, tales como el visado digital.
-Gestión de recursos económicos.
-Lineas culturales de exposiciones, conferencias y eventos como elementos de visibilidad para el colectivo de los arquitectos.
-Formación permanente para ser competitivos y difusión del colectivo.
Más información en la última Revista Colegios Profesionales Aragón (pág. 16)
http://colegiosprofesionalesaragon.com/docs/Boletines/Revista8_9.pdf
Eventos

Cápsula del tiempo en la antigua harinera de San José
Mañana en el Espacio Creativo de Harinera ZGZ se llevará a cabo otra de sus actividades dentro del proceso que esta llevando desde hace meses para proceder a la apertura del centro cultural Antigua Harinera de San José. Un proyecto cultural para “mancharse las manos” orientado al barrio de San José y a la ciudad de Zaragoza.
Sin duda este evento constituye otro “pequeño” hito en el camino hacia la apertura después de verano del centro, donde no cabe duda encontraremos actividades culturales en las que no solo mirar sino también implicarnos, aprender y disfrutar de la cultura de otro modo. Un proyecto que da un uso trascendental a este edificio.
Más información sobre la cápsula del tiempo:
Aquí en “Despierta Aragón” de Aragón Radio
Aquí en youtube. (Interesantísimo proceso de trabajo)
Aquí en Aragón Digital
Aquí en ARagónTv
Desde dibujos de niños de entre 6 y 10 años hasta una nómina de un trabajador de la antigua Harinera, transmitirán el momento histórico del espacio creativo de la Harinera.
Felicidades a Harinera ZGZ!
Rehabilitación
Hemos dado un paso más en nuestro modo de trabajar y es gracias a la tecnología BIM.
Nadie duda de los beneficios que tiene trabajar con esta tecnología, sobre todo en proyectos de obra nueva y gran escala. Las posibilidades son infinitas.
Qué pasa cuando hablamos de trabajo a pequeña y mediana escala? El proceso de trabajo de Revit debe ser minucioso y riguroso, ya que al modelar en 3 (o 4 dimensiones), no se engaña al programa como hacíamos en autocad al revisar medidas, encuentros, etc… que se definían posteriormente en obra. Ahora el proceso de modelado es mucho más parecido al proceso constructivo. Esto puede hacer que desistamos en utilizar esta herramienta para estos “pequeños” proyectos. (más…)